El Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón ha ampliado las medidas de prevención frente a la Covid-19, que estaba aplicando en el municipio con las nuevas decretadas por la Comunidad de Madrid. Entre ellas, los establecimientos de ocio nocturno deberán suspender su actividad a partir de medianoche y no se podrá fumar en la vía pública o en espacios al aire libre sin guardar la distancia mínima interpersonal.
La alcaldesa, Susana Pérez Quislant, se ha reunido este jueves con la concejal de Cultura, Victoria Wharrier, la concejal de Familia, Mónica García Molina, el concejal de Deporte, Juventud y Fiestas, David Rodríguez y la intendente de Policía Municipal, Sonia Rodríguez, para trabajar de manera coordinada.
Tras la reunión, la primer edil ha explicado que “estamos en constante alerta sobre la evolución de la situación y trabajando en equipo para poner en marcha las medidas necesarias y evitar el mayor número de contagios”. De hecho, ha explicado, “en Pozuelo de Alarcón clausuramos hace unos días las pistas deportivas al aire libre del parque Carlos Sainz, que se emplaza en el Camino de las Huertas, ya que detectamos un uso masivo de estas áreas en las que se reúnen grupos de jóvenes para practicar deporte”. Pérez Quislant también ha apelado, nuevamente, a la responsabilidad de los pozueleros, “tal como hemos hecho hasta ahora, para que entre todos logremos frenar la pandemia”.
Principalmente, el origen de los brotes se encuentra en el ocio nocturno, la hostelería, los centros sociosanitarios y las reuniones sociales
En cuanto a las nuevas medidas que ya se aplican en Pozuelo de Alarcón desde hoy, se centran en el control de la transmisión de la enfermedad en ámbitos que actualmente son el origen de los brotes epidémicos. Esencialmente, se centran en el ocio nocturno, la hostelería, los centros sociosanitarios y las reuniones sociales.
Mascarillas y distancia de seguridad
En cuanto a las medidas de prevención e higiene de aplicación general para toda la población, además de la distancia social o la higiene de manos, se estipula que todas las personas de seis años en adelante quedan obligadas al uso de mascarillas en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, con independencia del mantenimiento de la distancia.
También en medios de transporte aéreo, en autobús, o por ferrocarril. Así como en los transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes no conviven en el mismo domicilio.
Siempre y cuando se pueda mantener la distancia interpersonal de, al menos, 1,5 metros, el uso de la mascarilla no será exigible en el momento de realizar actividad deportiva al aire libre; tampoco en los espacios de la naturaleza o al aire libre fuera de núcleos de población; en las piscinas durante el baño y mientras se permanezca en un espacio determinado, sin desplazarse; en los centros de trabajo exclusivamente cuando los trabajadores permanezcan sentado en su puesto de trabajo; durante las intervenciones de las partes en toda clase de procesos judiciales.
Prohibición de alimentos en el transporte público
Está prohibido el consumo de alimentos a bordo de los vehículos de transporte público, autobús o ferrocarril, dependientes del Consorcio Regional de Transportes. Asimismo, se recomienda, como medida de precaución, el uso de mascarillas en espacios privados cuando existan reuniones de personas no convivientes.
Prohibición de fumar
No se podrá fumar en la vía pública o en espacios al aire libre, incluidas las terrazas de hostelería, cuando no se pueda respetar la distancia mínima interpersonal de, al menos, dos metros. Esta prohibición es aplicable también a otros dispositivos: cachimbas, pipas de agua, inhalación de tabaco, etc.
Restricciones en hostelería
No se podrá superar el 75% de su aforo y las terrazas podrán ocupar el 100%. La ocupación será, en ambos casos, de un máximo de diez personas por mesa y debería garantizarse el mantenimiento de la distancia interpersonal de seguridad. La actividad tanto dentro como fuera de los locales deberá cesar a las 01:00 horas, no pudiendo admitir clientes a partir de la medianoche.
Ocio nocturno
Estos establecimientos deberán suspender su actividad hasta la finalización de la vigencia de la declaración de actuaciones coordinadas en salud pública.
Centros sociosanitarios
Se limitarán las visitas a una persona por residente. Además se extremarán las medidas de precaución y las visitas tendrán una duración máxima de una hora al día. Estas se escalonarán a lo largo del día. Además, se limitarán las salidas de los residentes en función de la situación epidemiológica de la Comunidad. Estas medidas se pueden exceptuar con personas que se encuentren en proceso final de su vida o situaciones de cuidado paliativos.