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Pozuelo de Alarcón
/ 19 septiembre 2024

Las ayudas al nacimiento, adopción o acogida en Pozuelo alcanzan los 2.700 euros

Las ayudas al nacimiento, adopción o acogida en Pozuelo alcanzan los 2.700 euros

El Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón abre un nuevo plazo de ayudas por nacimiento, adopción o acogimiento. Estas serán de hasta 2.700 euros para las familias de este municipio y solo se dirige a los niños nacidos, adoptados o acogidos entre el 1 de enero y el 30 de abril de 2024. Para solicitarlo, el plazo máximo es hasta el 24 de junio.

Para realizar la solicitud, se puede a través de este enlace, acudiendo a las Oficinas de Atención al Ciudadano o en la sede de la Concejalía de Familia y Atención a la Discapacidad.

200 euros por ser el tercer hijo o sucesivo

Como ya se llevó a cabo en la anterior convocatoria, estas ayudas se amplían para las familias que pueden alcanzar hasta los 2.700 euros. Si se trata de un segundo menor nacido, adoptado o acogido en la familia, aumenta 100 euros la ayuda; si es el tercero o sucesivo, este incrementa en 200 euros.

Las familias que entraban dentro del período de solicitud anterior (del 3 al 10 de junio) y no pudieron presentar toda la documentación, contarán con la posibilidad de presentarla en este nuevo plazo.

Asimismo, aquellas solicitudes presentadas, cuya ayuda fue concedida en anteriores convocatorias, y en las que posteriormente se haya reconocido la discapacidad del menor, se podrá presentar la documentación acreditativa para la concesión de 500 euros adicionales.

Requisitos

En esta convocatoria se mantiene el requisito de empadronamiento, en la que al menos uno de los progenitores cuente con dos cuente con dos años de antigüedad en el padrón municipal; ser propietario o titular del contrato de arrendamiento y estar al corriente de sus obligaciones de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Seguridad Social y Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, a la fecha de finalización del plazo de presentación de subsanaciones. Además, se tendrán en cuenta los supuestos de movilidad geográfica por motivos laborales que hayan obligado a uno de los padres a fijar su residencia en otro municipio.

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