Las fiestas patronales de Nuestra Señora de la Consolación 2026 volverán a celebrarse en el recinto ferial provisional situado en la Avenida de Europa, después de que la Justicia haya rechazado el recurso presentado por la asociación Pozcavir para impedir su celebración en esta ubicación.
Así lo recoge un auto dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 24 de Madrid, que desestima la solicitud de la asociación y respalda la decisión adoptada por el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón de mantener el emplazamiento al que se trasladaron las fiestas en 2024 para reducir las molestias a los vecinos y mejorar la seguridad del evento.
La jueza avala el traslado del recinto fuera del casco urbano
En su resolución, la magistrada recuerda que el Consistorio decidió trasladar las fiestas desde su anterior ubicación en el barrio de San Juan de la Cruz, en pleno casco urbano, hasta la actual parcela situada a las afueras del municipio con el objetivo de minimizar las molestias derivadas de un evento multitudinario.
El auto destaca que el nuevo recinto se encuentra en una zona con un número muy inferior de viviendas próximas y subraya que la distancia respecto a las casas más cercanas ha pasado de apenas 23 metros en la ubicación anterior a unos 300 metros en la actual, una circunstancia que, según la resolución judicial, reduce significativamente el impacto sobre los residentes.
El juzgado rechaza los argumentos de Pozcavir
La resolución también cuestiona la argumentación presentada por la asociación recurrente. La jueza señala que Pozcavir no aporta datos concretos sobre el número de vecinos supuestamente afectados ni acredita la distancia de las viviendas respecto al recinto, limitándose a presentar dos escritos de queja de vecinos.
Asimismo, el auto indica que tampoco se ha aportado ninguna prueba que demuestre el supuesto daño medioambiental denunciado por la asociación, más allá de las actuaciones realizadas por el Ayuntamiento para acondicionar la parcela antes de las fiestas, unos trabajos que, según la magistrada, no justifican la existencia del perjuicio ambiental alegado.

No existe una alternativa viable, según la resolución
Otro de los aspectos que destaca la jueza es la ausencia de una propuesta alternativa por parte de los recurrentes. En este sentido, considera que resulta «difícil, si no imposible», encontrar otro emplazamiento adecuado con tan poco margen de tiempo y que, además, no genere molestias a otros vecinos del municipio.
La resolución recuerda que cualquier celebración festiva de estas características provoca molestias inevitables, aunque insiste en que, en este caso, se trata de un evento puntual que se celebra únicamente durante una semana al año.
Además, el auto señala que los niveles de ruido registrados durante las fiestas anteriores no pueden calificarse como «desproporcionados o exorbitantes», ni siquiera teniendo en cuenta las mediciones aportadas por una empresa contratada por la asociación, realizadas en las terrazas de las viviendas y no en el interior de las mismas.
El dispositivo de seguridad también recibe el respaldo judicial
La magistrada pone también en valor el dispositivo organizativo preparado por el Ayuntamiento para garantizar el correcto desarrollo de las fiestas patronales.
Entre las medidas previstas figuran controles de acceso al recinto, actuaciones para prevenir el botellón, mediciones acústicas, cortes de tráfico, vigilancia mediante cámaras de seguridad y un amplio despliegue de Policía Local, reforzado con personal de seguridad privada.
Todo ello, según recoge el auto, contribuye a minimizar el impacto del evento y garantizar tanto la seguridad de los asistentes como la convivencia con el entorno.
Prevalece el interés general
Tras analizar todos los argumentos, la jueza concluye que «deben prevalecer los intereses generales que representa el Ayuntamiento frente a los particulares», por lo que desestima el recurso presentado por Pozcavir.
La resolución también señala que una eventual suspensión de las fiestas habría supuesto importantes perjuicios económicos para las arcas municipales, ya que el Ayuntamiento habría tenido que asumir los costes derivados de la cancelación de conciertos y del resto de actividades programadas, además del perjuicio para miles de vecinos que participan cada año en las celebraciones.
No es el primer recurso contra este recinto
No es la primera vez que la asociación Pozcavir recurre ante los tribunales la utilización de esta parcela para la celebración de eventos municipales.
El pasado 31 de diciembre, la entidad presentó otro recurso para intentar impedir la celebración de la fiesta de Nochevieja organizada por el Ayuntamiento en el mismo recinto. En aquella ocasión, la Justicia también rechazó la solicitud pocas horas antes del evento, permitiendo que la celebración se desarrollara con normalidad.
Además, Pozcavir mantiene abierto otro procedimiento judicial contra el proyecto municipal que prevé transformar esta parcela en una gran plaza ajardinada destinada al paseo y a la práctica deportiva durante el resto del año, una causa que todavía se encuentra pendiente de resolución.